Se libra del derribo de su casa porque se lo notificaron a un jugador del Celta

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

Imagen de archivo de la Cidade da Xustiza, en Vigo.
Imagen de archivo de la Cidade da Xustiza, en Vigo. M.MORALEJO

El recibí lo firmó un inquilino y exfutbolista que dio un número de DNI erróneo

26 abr 2024 . Actualizado a las 00:53 h.

Un vecino de Vigo se ha librado del derribo de su casa por unas obras ilegales porque el Concello se equivocó dos veces al enviarle a su domicilio la orden de restauración de la legalidad urbanística. El Tribunal Superior anula el expediente por haber caducado. Lo curioso es que una de las notificaciones del expediente que hizo el Concello en el 2015 al propietario no fue válida «de forma muy evidente» porque la recogió un inquilino, un exfutbolista del Celta, que firmó y se identificó con un DNI que no era el número auténtico. El recibí no reflejaba la identidad de la persona con quien se pretendía entregar los papeles ni dónde se practicó, señala el juez.

También resultó infructuoso un segundo intento de notificación, unas semanas después, porque el Concello la entregó en un domicilio que nada tenía que ver con el caso y donde se le indicó al agente municipal que el piso se había vendido hace años. El juzgado concluye que la notificación se llevó a cabo en un domicilio «extraño al procedimiento».

Finalmente, el Concello dictó un edicto pero el Tribunal indica que debía primero de haber comunicado personalmente el contenido del acto en un domicilio de Teo que facilitó el interesado, quien había dado un teléfono y un correo electrónico.

«Utilizando medios normales y razonables, se podría haber obtenido la finalidad pretendida, que no era otra que la de dar a conocer indubitadamente al destinatario la resolución recaída en el expediente», dijo el Juzgado de lo Contencioso número 1 de Vigo en una sentencia del 2023, que el TSXG avaló el pasado 5 de marzo. Al final, se tardó un año en notificar mediante edicto. El juez recalcó que «ninguno de los intentos se podía considerar válido, atendida la ausencia total de garantías». Por ello, el juez consideró caducado el expediente.

«En este caso concurre la especial circunstancia de que los intentos de notificación no fueron válidos, de una forma muy evidente, atendidas las especiales circunstancias más arriba expuestas (ni en el lugar de su domicilio; ni consta su identidad; el DNI del que se supone es el inquilino, distinto del que figura en el folio anterior; nuevo intento en u domicilio diferente que nada tiene que ver en el expediente; y todo ello cuando el domicilio constaba, así como su teléfono y su correo electrónico). A partir de lo expuesto, y de las fechas señaladas, ha de compartirse que el procedimiento estaba caducado y que el recurso de apelación ha de ser desestimado», indica la sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

Un largo proceso

En el 2017, el Juzgado de lo Contencioso número 1 de Vigo no se pronunció sobre la caducidad del expediente sino que declaró la nulidad del acto administrativo que inadmitió porque el recurso de reposición de la legalidad era «extemporáneo». La sentencia consideró que la resolución que culminaba el expediente era contraria a derecho y que la notificación de la resolución solo había tenido lugar cuando el dueño de la casa fue notificado personalmente en las dependencias del Concello en mayo del 2016. Dedujo la caducidad.

El Concello, en el 2021, mantuvo la obligación del demandante de presentar un proyecto de legalización de las obras ejecutadas en su vivienda con apercibimiento de demolición en caso contrario. Algunas de las obras eran legalizables y otras no.